Me parece muy interesante el texto,
según el texto hay leyes que protegen la medicina tradicional, que buscan que sean investigadas, documentadas y
protegidas. Lamentablemente en nuestro paÃs se ha dejado de lado debido a la
ignorancia y a los prejuicios.
Hay muchos extranjeros que valoran
esta actividad y tratan de vivir un turismo mÃstico, pero no es solo eso sino
hay dentro una filosofÃa y de cómo se ve la vida desde la perspectiva de la
persona oriunda.
Según lo que se vio en UNESCO en la
convención 2003 sobre la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, según
el artÃculo 1, sobre las finalidades de la convención se busca el respeto del
patrimonio cultural inmaterial de las comunidades, en otras palabras no se
puede usar prejuicios y desvalorar la medicina tradicional sino guardarle el
respeto a que ha sido parte de nuestra cultura.
En el mismo artÃculo, habla sobre la
cooperación y asistencia internacionales esto es muy importante ya que el
estado no tiene los recursos suficientes para poder documentar y promocionar
todo, es bueno que las empresas u organismos del tercer sector puedan trabajar
en cooperación con el estado, con la finalidad, dar protección y documentarse.
La medicina tradicional está
considerada dentro del patrimonio cultural inmaterial según el artÃculo 2 de la
convención, patrimonio cultural inmaterial se manifiesta en tradiciones, usos
sociales, rituales, conocimiento y usos relacionados con la naturaleza y el
universo
Según el artÃculo 11, el estado debe
adecuar medidas para salvaguardar del patrimonio inmaterial presente en su
territorio, lamentablemente el estado no ofrece ninguna medida ya que no se
encuentra en su polÃtica, haciendo que estas costumbres se pierdan si no fuera
por algunas ongs que buscan recuperar y proteger este bien, se habrÃa perdido
una gran parte del conocimiento de la
tradición de la medicina tradicional.
Todos los estudios sobre la medicina
tradicional deberÃa estar en un inventario nacional para que sean difundidos y
estén al alcance del público, además deberÃa ser financiado por entidades del
gobierno e instituciones internacionales para apoyar estos estudios como declara el artÃculo 12 sobre
inventarios. Para
asegurar la identificación con fines de salvaguardia, cada Estado Parte
confeccionará con arreglo a su propia situación uno o varios inventarios
del patrimonio cultural inmaterial
presente en su territorio. Dichos inventarios se actualizarán regularmente.













